El importar gafas graduadas, en su mayoría, tiene como país de origen China, tanto las de fabricación OEM (marca blanca) como de patentes europeas. Esto implica que desde 2011, fecha en la que entró en vigor su consideración de producto sanitario, las empresas importadoras deben ser titulares de una licencia de importación específica para este tipo de mercancía.
En España el organismo competente es la Agencia del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) Considerando que un porcentaje importante de estos productos llegan a la CEE procedentes de países terceros, desde el año 2011 viene estableciendo los productos que al considerarse sanitarios deben ser objeto de una inspección sanitaria en frontera, utilizando su clasificación aduanera a través de la determinación de las partidas arancelarias afectadas.
Nota importante a tener en cuenta:
Las monturas para gafas graduadas se consideran productos sanitarios de Clase I, por lo se benefician de IVA reducido al 10%. Su importación requiere estar en posesión de una licencia sanitaria y que el fabricante aporte una declaración de conformidad que garantice el cumplimiento de la normativa comunitaria
Requisitos para la importación de gafas graduadas
Los requisitos para la importación de monturas para gafas graduadas se actualizaron en 2013 al pasar a ser consideradas productos sanitarios, con lo que la documentación requerida también fue modificada. En la actualidad estos requisitos son los siguientes:
- El importador debe estar en posesión de licencia sanitaria
- Se requiere licencia de importación o cesión
- En la factura comercial se aplicará IVA del 10%
- Se debe aportar conocimiento de embarque BL o AWB, según en medio de transporte
- El fabricante debe aportar la declaración de conformidad por la que garantiza el cumplimiento de la normativa europea vigente
Producto
- Monturas de lentes
Cambio de normativa.
Desde el 11/07/2013, las monturas de lentes correctoras pasan a considerarse producto sanitario Clase I. Con ello:
- Se exige licencia sanitaria al importador.
- La importación estará sujeta a control Farmint.
- El IVA pasa del 21% al 10%.
Partida arancelaria
- 90031100 y 90031900
Regulación
- Directiva 93/42/CE
- Real Decreto 1591/2009
- Resolución AEMPS de 10 de julio de 2013
Tipo IVA importación
- 10%
Documentación requerida
- Licencia importación o cesión
- Factura comercial
- Conocimiento de embarque (BL o AWB)
- Declaración de conformidad del fabricante
- Se revisarán los etiquetados para asegurar el cumplimiento de la normativa de productos sanitarios (por ejemplo, el marcado CE).